Dueños de predios deben dar mantenimiento a árboles en banquetas
El cuidado, riego y poda de los árboles ubicados en las banquetas es responsabilidad exclusiva de los propietarios de las viviendas o negocios. Los dueños deben garantizar el libre paso peatonal y evitar que las ramas interfieran con el cableado urbano o la circulación vehicular en la ciudad.
El mantenimiento, riego y cuidado de los árboles plantados en las banquetas frente a domicilios particulares o negocios recae directamente en los propietarios de dichos inmuebles. Disposición que busca asegurar el orden urbano y el correcto crecimiento de la vegetación en los espacios públicos de la ciudad.
Las responsabilidades incluyen garantizar que el follaje no obstruya el libre tránsito de peatones por las aceras ni el paso de vehículos por las calles. Estas obligaciones de mantenimiento urbano se encuentran establecidas dentro de los lineamientos del Reglamento de Limpia para la Ciudad de Hermosillo.
El cumplimiento de esta normativa recae en los ciudadanos dueños de los predios, quienes deben mantener las áreas despejadas. Luis Ignacio González Pineda, integrante y cofundador del colectivo ambientalista Caminantes del Desierto, detalló la importancia de esta labor ciudadana para el entorno.
El especialista explicó que los residentes tienen el deber de vigilar el crecimiento de la vegetación exterior de forma constante. Una de las prioridades ambientales es evitar que las ramas generen interferencias directas con el cableado de los distintos servicios urbanos instalados en las colonias.
Intervención en servicios y normativa ciudadana
La reglamentación local establece como obligación ciudadana la poda preventiva de los ejemplares para que no interfieran con las líneas de electricidad, telefonía o telecomunicaciones. Sin embargo, el marco normativo actual no especifica una sanción clara respecto a la omisión de esta actividad en los domicilios.
Ante la necesidad de mantener el suministro de energía sin interrupciones, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) asume la responsabilidad de intervenir en ciertos casos. Las cuadrillas de la dependencia realizan podas específicas cuando el follaje amenaza directamente el flujo de las líneas de distribución.
"Ahorita llegas a ver cuadrillas que trabajan para CFE que andan haciendo esas podas, ¿por qué? Porque ellos tienen que garantizar el dar un buen servicio de suministro de energía", agregó.
Esta intervención por parte de la paraestatal responde exclusivamente a la necesidad de garantizar un servicio eléctrico eficiente a la población. A nivel ciudadano, antes de realizar cualquier corte, se debe analizar si la planta representa un peligro real o si ya existe una fricción inminente con los cables.
Para realizar cortes mayores, los habitantes de la capital deben apegarse a los lineamientos de la Ley de Protección al Arbolado Urbano para el Estado de Sonora. La legislación marca restricciones claras sobre la cantidad de follaje que un ciudadano puede remover de un ejemplar sin contar con autorización previa.
Regulaciones para cortes excedentes y trámites
Las normativas ambientales exigen un control estricto cuando se requiere intervenir de manera profunda un ejemplar ubicado en el espacio público urbano. Las reglas establecen que se debe solicitar un permiso oficial de poda excesiva bajo los siguientes criterios y procedimientos técnicos:
- Se requiere trámite cuando la poda sea mayor al 30 por ciento del volumen total del árbol
- La solicitud se debe gestionar ante la Dirección de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Hermosillo
- La dependencia canalizará a un dictaminador técnico para evaluar la situación de la vegetación
- El permiso otorgado por las autoridades municipales para realizar el corte no tiene ningún costo
La evaluación del dictaminador municipal representa el paso definitivo que determina si las condiciones físicas justifican la intervención mayor sobre el árbol. Este procedimiento institucional asegura que se proteja el entorno ambiental mientras se resuelven los riesgos estructurales en las vialidades.













