Semana Santa 2026, ¿se trabaja o se descansa? Esto dice LFT

La Ley Federal del Trabajo no considera Jueves y Viernes Santo como días obligatorios de descanso laboral.

Las vacaciones de Semana Santa están próximas a comenzar, y mientras miles de estudiantes se preparan para disfrutar de un merecido descanso, surge la duda entre trabajadores y empleadores si estos días también son obligatorios para el ámbito laboral en México.

Semana Santa 2026 y calendario escolar en México

La Semana Santa este 2026 está contemplado del domingo 29 de marzo al 5 de abril; no obstante, para primarias, secundarias y bachilleratos incorporados a la SEP, las vacaciones iniciarán el lunes 30 de marzo y el regreso a clases está programado para el 13 de abril.

A diferencia del calendario escolar, la legislación no contempla este periodo como descanso oficial para todos los trabajadores, debido a que dichos días no están establecidos en la ley.

¿Las vacaciones de Semana Santa aplican para los trabajadores? Esto dice la Ley Federal del Trabajo (LFT)

De acuerdo con la LFT, en el artículo 74, el Jueves y Viernes Santo, así como el Sábado de Gloria, no están establecidos como días de descanso obligatorio.

Por lo que legalmente estos días son laborables; sin embargo, dependiendo de la empresa, el convenio o contrato con el trabajador, estos pueden otorgar los días de descanso.

¿Qué días sí son de descanso obligatorio de acuerdo con la LFT?

  • El 1o. de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • El 1o. de mayo
  • El 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; Fracción reformada DOF 30-09-2024
  • El 25 de diciembre.
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.