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¿Qué es la Modalidad 40 del IMSS y qué cambia con las nuevas reglas?

Esta opción permite continuar cotizando para mejorar la pensión. El IMSS ahora limita el salario de incorporación y elimina las nuevas altas retroactivas.

El IMSS ahora limita el salario de incorporación y elimina las nuevas altas retroactivas. (Especial)
El IMSS ahora limita el salario de incorporación y elimina las nuevas altas retroactivas. (Especial)

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La Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) permite a ciertos trabajadores que dejaron de cotizar con un patrón continuar realizando aportaciones para sumar semanas de cotización y, en determinados casos, mejorar el monto de su pensión.

Conocida oficialmente como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, esta opción pensionaria se encuentra en el centro del debate tras la entrada en vigor de nuevas restricciones que limitan el salario con el que pueden incorporarse los trabajadores y eliminan la posibilidad de realizar nuevas inscripciones con efectos retroactivos.

Las medidas fueron establecidas mediante un acuerdo del Consejo Técnico del IMSS, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 2026 y vigente a partir dee ayer.

¿Para qué sirve la Modalidad 40?

La Modalidad 40 está dirigida a personas que causaron baja del régimen obligatorio del IMSS y desean continuar cotizando por cuenta propia, sin tener que mantener una relación laboral con un patrón.

A través de este esquema, los asegurados pagan cuotas al instituto para acumular semanas de cotización y mantener su trayectoria pensionaria.

Esta opción es especialmente relevante para quienes pertenecen al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, es decir, las personas que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.

En ese régimen, el salario base de cotización y las semanas acumuladas son factores importantes para calcular la pensión, junto con la edad de retiro y los demás requisitos aplicables.

Por ello, antes de los nuevos cambios, algunas personas optaban por realizar aportaciones con un salario superior al que tenían registrado en su último empleo, con el objetivo de incrementar el monto de su futura pensión.

La Modalidad 40 no garantiza por sí sola una pensión determinada ni ofrece las mismas ventajas a todos los trabajadores. Su conveniencia depende de las semanas cotizadas, el régimen pensionario, la edad y el costo de las aportaciones, entre otros factores.

¿Qué cambió en la Modalidad 40?

El acuerdo del IMSS establece nuevas condiciones para quienes soliciten incorporarse a esta modalidad y para quienes deban volver a contratarla una vez concluido su periodo vigente.

  • Se limita el salario de cotización

Antes, los asegurados podían elegir un salario igual o superior al último registrado al causar baja, hasta el límite máximo legal de 25 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Con las nuevas reglas, el salario para incorporarse será el último salario base de cotización registrado al momento de la baja o un monto de hasta ese salario más una UMA. En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo general vigente para el resto del país.

Esto limita la posibilidad de que una persona que cotizaba con un salario bajo se incorpore directamente con uno considerablemente mayor para buscar una pensión más alta.

  • Se eliminan las nuevas inscripciones retroactivas

La incorporación surtirá efectos a partir de la fecha en que se presente la solicitud. Esto elimina la posibilidad de iniciar una nueva inscripción con efectos retroactivos para cubrir periodos anteriores mediante este procedimiento.

El cambio puede afectar a quienes esperaban completar semanas o realizar aportaciones correspondientes a periodos pasados como parte de su estrategia para pensionarse.

  • El trámite será digital

Las nuevas incorporaciones se realizarán exclusivamente mediante mecanismos electrónicos que permitan verificar y dar seguimiento a los registros afiliatorios.

  • Se establecen restricciones para trabajadores independientes

Quienes estén incorporados al régimen obligatorio como personas trabajadoras independientes no podrán contratar simultáneamente la Modalidad 40.

La diferencia es que el esquema para trabajadores independientes contempla cobertura de seguridad social, incluido el seguro de Enfermedades y Maternidad, mientras que la Modalidad 40 está enfocada en la continuación de cotizaciones para efectos pensionarios y no proporciona por sí misma servicio médico.

¿Qué pasa si ya estoy inscrito?

El acuerdo establece que quienes ya estaban inscritos al entrar en vigor las medidas conservarán las condiciones actuales hasta que concluya el periodo contratado.

Las semanas y los salarios efectivamente cotizados y pagados mantienen sus efectos para el cálculo de la pensión.

Sin embargo, quienes terminen su periodo y busquen incorporarse nuevamente deberán considerar las nuevas condiciones, incluido el límite salarial y la eliminación de las inscripciones retroactivas.

Por ello, es importante revisar la vigencia del aseguramiento y mantener al corriente las cuotas correspondientes. El acuerdo no garantiza que, después de concluir el periodo contratado, se pueda continuar bajo las mismas condiciones anteriores.

¿Qué ocurrirá después de estos cambios?

Las restricciones tienen carácter temporal mientras el IMSS analiza el efecto de la Modalidad 40 en sus finanzas.

El acuerdo establece un plazo máximo de seis meses para que la Dirección de Finanzas del instituto presente el análisis correspondiente. Con base en sus resultados, se determinará la continuidad de las medidas y, en su caso, se elaborará una propuesta de modificación normativa.

El abogado especialista en seguridad social Alan Duclaud señaló que, una vez concluido el análisis, la Dirección Jurídica del IMSS podría preparar un proyecto de reforma a la legislación, que eventualmente sería presentado al Congreso de la Unión por los cauces correspondientes.

Esto significa que las medidas actuales no implican la desaparición de la Modalidad 40, pero sí modifican las condiciones para nuevas incorporaciones y para quienes deban volver a contratarla.

Ante este escenario, las personas próximas a pensionarse deben revisar su historial de cotización, confirmar bajo qué régimen les corresponde pensionarse y evaluar las implicaciones económicas de las nuevas reglas antes de tomar decisiones.

CON INFORMACIÓN DE AGENCIA REFORMA

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Aldo Uribe

Licenciado en Ciencias de la Comunicación por la Universidad de Sonora. Periodista con experiencia en la cobertura de diversas fuentes informativas y en la redacción de contenidos para plataformas digitales. Desde 2022 escribe para EXPRESO.

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