Multas de hasta 11 mil pesos por no habilitar el Buzón Tributario

La falta de activación del Buzón Tributario y la omisión en el registro de medios de contacto genera sanciones económicas y restringe la capacidad de emitir facturas electrónicas para personas físicas y morales con obligaciones fiscales activas.

La omisión en la habilitación del Buzón Tributario y la falta de actualización de los medios de contacto genera multas económicas que van desde los 3,850 hasta los 11,540 pesos para los contribuyentes.

Esta sanción se aplica conforme a los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, según la información del Servicio de Administración Tributaria.

El registro de medios de contacto incorrectos o inexistentes deriva en notificaciones por estrados, un mecanismo que impide al causante conocer oportunamente los requerimientos, resoluciones y créditos fiscales emitidos a su nombre.

La restricción temporal del Certificado de Sello Digital es una medida adicional aplicada ante este incumplimiento, lo cual bloquea la emisión de facturas electrónicas.

Obligatoriedad y excepciones del trámite

Las personas físicas y morales con obligaciones fiscales activas y registro en el padrón federal tienen el deber de mantener este canal de comunicación operando.

El sistema contempla excepciones para casos específicos donde el trámite resulta opcional o no requerido por la autoridad fiscal:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales
  • Personas físicas sin actividad económica
  • Personas físicas con suspensión de actividades
  • Personas morales con suspensión de actividades

La dependencia establece que el resto de los causantes en el país están obligados a cumplir con la activación y mantener la información al día.

Procedimiento de activación en línea

La configuración de los medios de contacto requiere el ingreso al portal institucional mediante el uso del Registro Federal de Contribuyentes, acompañado de la contraseña o la firma electrónica.

El proceso completo para validar la información consta de los siguientes pasos digitales:

  • Seleccionar la opción Buzón Tributario en el portal
  • Registrar un correo electrónico y un número de teléfono celular
  • Confirmar ambos medios de contacto mediante los códigos enviados
  • Guardar el acuse de registro como comprobante

La autoridad fiscal recomienda conservar activos los medios de contacto registrados, ya que cualquier modificación en el correo electrónico o número telefónico debe actualizarse oportunamente en la plataforma.