Profeco anuncia nuevos lineamientos para la venta de boletos en México

Iván Escalante, titular de la Profeco, presentó lineamientos para transparentar la venta de boletos en espectáculos. Las empresas deberán publicar precios totales y mapas con 24 horas de antelación, bajo riesgo de multas superiores a los 4 millones de pesos.

Durante la conferencia matutina de este lunes 26 de enero de 2026, Iván Escalante, titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), expuso una serie de nuevas medidas regulatorias para la comercialización de boletos en espectáculos y conciertos. Los lineamientos buscan incrementar la transparencia en las transacciones y ofrecer certeza jurídica a los consumidores frente a las prácticas de las boleteras. De acuerdo con el funcionario, estas reglas eliminan ambigüedades al obligar a las empresas a proporcionar información detallada antes de cualquier proceso de compra.

Uno de los ejes centrales de la nueva normativa es la obligación de publicar una descripción exhaustiva del evento, que incluya lugar, fecha y horarios específicos de manera previa a la venta. Asimismo, las compañías operadoras deberán divulgar el mapa del recinto y los precios exactos de cada localidad con al menos 24 horas de antelación al inicio de la primera fase de venta. Esta disposición tiene como objetivo permitir que las y los usuarios comparen opciones y realicen una planificación financiera informada.

TRANSPARENCIA PREVENTIVA

La regulación establece que el costo total del boleto debe ser visible desde el primer paso de la interacción comercial, integrando todos los cargos adicionales o de servicio. Escalante enfatizó que la legislación mexicana es terminante al respecto: los precios finales publicados deben coincidir con el monto pagado, sin cargos sorpresivos al momento de finalizar la transacción. Para facilitar la vigilancia ciudadana, la Profeco habilitó el correo electrónico exclusivo conciertos@profeco.gob.mx para canalizar dudas y denuncias directas.

Respecto al mercado secundario, el titular de la dependencia aclaró que, aunque no existe un tope federal para los precios en la reventa, la ley faculta la intervención ante prácticas abusivas detectadas en plataformas digitales. La autoridad identificó que los abusos recurrentes en estas plataformas justifican acciones correctivas inmediatas para salvaguardar el patrimonio de los asistentes a eventos masivos. El cálculo de las sanciones correspondientes se basará en la gravedad de la falta y la capacidad económica de la empresa infractora.

SANCIONES ECONÓMICAS

El esquema de multas para las boleteras que incumplan estos lineamientos contempla montos que pueden superar los 4 millones de pesos en los episodios considerados graves. Los criterios de evaluación para determinar la cuantía de la sanción incluyen la reincidencia, el daño causado a la colectividad y la existencia de negligencia o intención de dolo por parte del proveedor. La Profeco analiza actualmente las denuncias recibidas en redes sociales para iniciar los procedimientos administrativos pertinentes.

Iván Escalante puntualizó que estas reglas no dejan espacio a interpretaciones discrecionales por parte de las empresas, garantizando el acceso a información esencial previsto en la normativa vigente. La institución buscará que cada sanción impuesta sea proporcional al perjuicio ocasionado a los derechos de los consumidores. Con estas medidas, el Gobierno de México pretende regularizar un sector que ha presentado constantes fricciones operativas en los últimos años.