SAT exige nuevo requisito en facturas de gasolina para deducir gastos
La emisión de facturas para la deducción de gastos de gasolina exige un nuevo elemento dentro del Comprobante Fiscal Digital por Internet a partir del 24 de abril de 2026.
La emisión de facturas para la deducción de gastos de gasolina exige a partir del 24 de abril de 2026 la incorporación de un elemento adicional dentro del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece esta modificación de control fiscal para rastrear el origen del hidrocarburo comercializado en el territorio nacional y verificar el cumplimiento estricto de la normativa legal vigente.
El nuevo mecanismo de validación tecnológica cruza de manera automática los datos fiscales del emisor, los permisos regulatorios vigentes y la información específica del producto vendido.
El sistema tributario rechaza e invalida para efectos fiscales cualquier comprobante que presenta inconsistencias durante este proceso de verificación digital, imposibilitando su uso para reportes contables.
Estrategia operativa
La dependencia federal implementa esta estrategia operativa para combatir directamente el comercio irregular de combustibles y el uso indebido de facturas electrónicas para la simulación de operaciones financieras. Este fenómeno delictivo, reconocido institucionalmente como huachicol fiscal, representa un problema persistente en el sector energético que el ajuste normativo busca erradicar al garantizar que el mercado facture exclusivamente hidrocarburos de procedencia lícita.
Esta disposición oficial impacta de manera directa a los contribuyentes, trabajadores independientes y empresas del sector privado que deducen gastos de movilidad ante el fisco.
Los consumidores asumen ahora la responsabilidad de comprobar que la estación de servicio emita un comprobante válido, ya que la ejecución del pago por el consumo no garantiza la deducción fiscal si el establecimiento incumple con los nuevos parámetros de legalidad exigidos por la autoridad hacendaria.
Las gasolineras a nivel nacional disponen de un margen de tiempo limitado para adaptar sus sistemas de cobro y cumplir íntegramente con la nueva disposición tecnológica antes de su entrada en vigor.
El órgano fiscalizador aclara mediante sus canales institucionales que esta modificación administrativa no representa un nuevo cobro de impuestos para la ciudadanía, sino un fortalecimiento necesario de los controles para promover la competencia leal y la legalidad en el sector de los combustibles.













