1 de septiembre no será día de descanso obligatorio en México

La Ley Federal del Trabajo no contempla el 1 de septiembre como día de descanso obligatorio, pese a coincidir con el Primer Informe de Gobierno de Claudia Sheinbaum.

El lunes 1 de septiembre no figura entre las fechas de descanso obligatorio establecidas en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que quienes laboren ese día recibirán su salario habitual.

La fecha coincide con el Primer Informe de Gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum, así como con la toma de protesta de nuevos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, la LFT no considera esta jornada como feriado oficial.

El siguiente descanso obligatorio será el martes 16 de septiembre, con motivo del aniversario de la Independencia de México. Conforme al artículo 75, quienes trabajen ese día deberán recibir un pago triple: el salario correspondiente al descanso y el doble por laborar en día festivo.

Feriados restantes en 2025

De acuerdo con la LFT, tras el 16 de septiembre quedan dos días de descanso obligatorio:

  • Lunes 17 de noviembre por la conmemoración de la Revolución Mexicana.

  • Jueves 25 de diciembre por Navidad.

Para resolver dudas sobre derechos laborales, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrece atención gratuita en los teléfonos 800 911 7877 y 800 717 2942, o mediante el correo orientacionprofedet@stps.gob.mx.